Se comunica que el 16 de diciembre de 2020, el Consejo Universitario aprobó las Normas generales para el uso responsable de recursos y tecnologías puestas a disposición por la PUCP, que fueron promulgadas por Resolución Rectoral N.° 1312/2020 del 22 de diciembre del 2020, para regular “el uso responsable de los recursos y tecnologías que son puestas a disposición por la Pontificia Universidad Católica del Perú (en adelante, la Universidad), entendiéndose por éste aquel empleo acorde con los fines esenciales, misión y visión de la Universidad contenidos en su Estatuto, con los fines y principios contenidos en la Ley N.° 30220, Ley Universitaria, con las disposiciones normativas internas vigentes y con las obligaciones contractuales, en los casos en los que corresponda.” (Artículo 1.°).
En ese sentido, la norma dispone que los recursos y tecnologías de equipos, herramientas, medios, plataformas analógicas y digitales e información (sean de la Universidad o de terceros) son facilitados a los miembros de la comunidad universitaria para la realización de actividades institucionales de índole académica (en todos sus niveles y modalidades), administrativa (que incluye todos los servicios brindados por la Universidad) y de investigación (Artículo 4.°).
Se debe tener en cuenta que, dicha norma considera como “Limitaciones al uso de recursos tecnológicos”, las siguientes acciones:
Finalmente, los supuestos mencionados en el párrafo precedente se concretarán con independencia de si fueron realizados con o sin ánimo de lucro; o, para beneficio personal o de terceros –personas individuales o grupos de índole académica, política, religiosa o filosófica- (Artículo 9.°).
Secretaría Académica
Mayo 14, 2021.