MODALIDADES PARA LA OBTENCIÓN DE TÍTULO PROFESIONAL DE ACUERDO A LA LEY N° 30220, LEY UNIVERSITARIA
04/02/2021
De acuerdo a la comunicación recibida de la Secretaría General de la Universidad de fecha 29 de enero de 2021, se hace de conocimiento las precisiones efectuadas por la Superintendencia Nacional de Educación Superior Universitaria (SUNEDU) respecto de las modalidades para obtener el título profesional conforme a la Ley N° 30220.
Las y los estudiantes que ingresaron a la Universidad en el segundo semestre académico del año 2014 en adelante, obtienen el título profesional mediante las modalidades de: (i) tesis o (ii) trabajo de suficiencia profesional, de conformidad con el artículo 45°, numeral 45.2, de la Ley N° 30220, Ley Universitaria.
Las y los estudiantes que ingresaron a la Universidad hasta el primer semestre académico del año 2014, obtienen el título profesional mediante las modalidades de: (i) tesis o (ii) trabajo de suficiencia profesional, conforme lo establece la Resolución Directoral N.° 194-2020-SUNEDU-02-15 (24/09/2020), en la cual expresa que solo serán reconocidos e inscritos en el Registro Nacional de Grados y Títulos, los títulos contemplados en el artículo 45°, numeral 45.2, de la Ley N° 30220.
Teniendo en cuenta lo anteriormente expuesto, a partir del 25 de setiembre de 2020, las únicas modalidades de titulación son las señaladas en los numerales precedentes.
En tal sentido, los trámites en la Facultad para la obtención del título profesional se ajustan a las disposiciones de la Ley Universitaria vigente y de la Superintendencia Nacional de Educación Superior Universitaria (SUNEDU).